
Este jueves, el Concejo Deliberante de San Francisco aprobó en sesión ordinaria la adhesión a la nueva Ley Provincial N° 10.954 de Seguridad Pública y Ciudadana, lo que significa que es una de los primeros municipios en dar ese paso, considerando que la ciudad de Córdoba y Villa María también lo hicieron.
En ese contexto, el intendente local Damián Bernarte expresó su conformidad con la medida y señaló que los próximos días habrá novedades sobre este tema.
El mandatario sanfrancisqueño señaló que «es un orgullo ser la primera Municipalidad que adhiere a la nueva Ley de Seguridad, compartiendo con nuestro gobernador la mirada sobre una necesaria tarea de cooperación entre los distintos niveles del Estado». Y añadió: «Los municipios debemos asumir responsabilidades vinculadas a este tema que hasta hoy nos eran ajenas».
Entre las normativas que fija la ley, en el artículo 17 se encuentra la creación del Programa Provincial «Guardias Locales de Prevención y Convivencia (GLP)».
De esta manera, los 427 municipios y comunas que forman la provincia de Córdoba podrán adherir a la ley y, de allí, conformar sus respectivas Guardias Locales de Prevención y Convivencia.
Las nuevas guardias locales que sean conformadas previa adhesión a la ley, tendrán la función de disuadir, prevenir y hacer cesar todo tipo de faltas, infracciones o contravenciones provinciales, municipales o comunales.
También, podrán auxiliar a la Policía de la provincia de Córdoba en lo que respecta a disuasión y prevención de todo tipo de violencias, contravenciones y delitos y trabajar en la detección temprana de conflictos entre vecinos y en su resolución pacífica.
Conforme al artículo 20, también se podrá asistir a los organismos intervinientes en la gestión de riesgo climático, catástrofes y protección civil, socorrer a los vecinos y visitantes de la localidad y labrar actas de infracción, llevar a cabo clausuras, secuestros y decomisos, siguiendo los protocolos, determinados por los Tribunales de Faltas correspondientes.
A su vez, los agentes podrán usar armas de letalidad reducida en el ejercicio de sus funciones, con acreditación y capacitación previa, de acuerdo a lo que establezca el Ministerio de Seguridad provincial.