{"id":31394,"date":"2025-04-16T11:13:04","date_gmt":"2025-04-16T11:13:04","guid":{"rendered":"https:\/\/www.radioestacion.com.ar\/?p=352817"},"modified":"2025-04-16T11:13:04","modified_gmt":"2025-04-16T11:13:04","slug":"san-francisco-se-busca-regular-el-uso-de-plataformas-digitales-en-el-transporte-privado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/ritmocordoba.com\/?p=31394","title":{"rendered":"San Francisco: se busca regular el uso de plataformas digitales en el transporte privado"},"content":{"rendered":"\n<div><img decoding=\"async\" src=\"http:\/\/ritmocordoba.com\/wp-content\/uploads\/2025\/04\/san-francisco-se-busca-regular-el-uso-de-plataformas-digitales-en-el-transporte-privado.jpg\" class=\"ff-og-image-inserted\"><\/div>\n<h4>El Ejecutivo elev\u00f3 al Concejo Deliberante para su tratamiento en la sesi\u00f3n de este mi\u00e9rcoles un Proyecto de Ordenanza que reglamenta el Servicio de Transporte Privado de Personas (STPP) concertado a trav\u00e9s de Plataformas Electr\u00f3nicas.<\/h4>\n<p>De esta manera, nuestra ciudad sienta las bases para sumar una nueva alternativa de transporte, moderna e innovadora, que complementa los tradicionales servicios de colectivos urbanos, taxis y remises.<\/p>\n<p>Vale decir, que se trata de una modalidad de transporte privado, regulado esencialmente por el C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n, y que el Estado Municipal s\u00f3lo tiene injerencia en la medida del inter\u00e9s p\u00fablico comprometido en la prestaci\u00f3n del servicio, por lo que la regulaci\u00f3n local apunta a que el mismo sea brindado en condiciones de seguridad y bajo est\u00e1ndares m\u00ednimos de calidad, en protecci\u00f3n de los usuarios y del tr\u00e1nsito.<\/p>\n<p>Bajo ese temperamento, se establecen exigencias a los conductores que procuran darse de alta en las Plataformas que ofrecen la intermediaci\u00f3n entre la oferta y la demanda del transporte privado, como ser la licencia de conducir profesional (Cat. D), un seguro hacia terceros y terceros transportados seg\u00fan la tipolog\u00eda dispuesta por la SSN, acreditar buena conducta mediante la presentaci\u00f3n del Certificado de Antecedentes Penales expedido por el Registro Nacional de Reincidencia, entre otros requisitos que hacen a la idoneidad del conductor. Se deben inscribir en un Registro Municipal que ser\u00e1 \u00edntegramente digital y f\u00e1cil de operar, que pondr\u00e1 a disposici\u00f3n la Secretar\u00eda de Prevenci\u00f3n y Movilidad Urbana, como autoridad de aplicaci\u00f3n de la norma.<\/p>\n<p>De la misma manera, la norma establece exigencias relativas a los veh\u00edculos que ser\u00e1n afectados al servicio, los que no pueden tener una antig\u00fcedad mayor a los 10 a\u00f1os y deben contar con la Revisi\u00f3n T\u00e9cnica Obligatoria (RTO) aprobada.<br \/>Del lado de las Empresas de Plataformas (t\u00e9cnicamente: Empresas de Redes de Transporte que operan plataformas electr\u00f3nicas o digitales para la intermediaci\u00f3n entre la oferta -conductores- y la demanda -pasajeros- del transporte privado de personas), tambi\u00e9n se exige la inscripci\u00f3n en el aludido Registro y su empadronamiento en la ciudad para ser autorizadas a operar -intermediar viajes- en la ciudad de San Francisco.<\/p>\n<p>Tambi\u00e9n, con el objetivo puesto en la seguridad de los usuarios, se les exige a estas empresas ciertos requisitos relativos a la plataforma que utilicen, tales como proporcionar al pasajero la informaci\u00f3n y foto del conductor que realizar\u00e1 el servicio, datos del veh\u00edculo, tiempo de llegada al lugar de origen y precio acordado. Con relaci\u00f3n al precio, la aplicaci\u00f3n deber\u00e1 permitir que el usuario lo abone por medios electr\u00f3nicos o en dinero en efectivo, a su elecci\u00f3n. Tambi\u00e9n deber\u00e1n entregar el comprobante de pago pertinente.<\/p>\n<p>Como dato a destacar, los conductores habilitados bajo esta modalidad (servicio de transporte privado de pasajeros) s\u00f3lo podr\u00e1n prestar el servicio cuando existan solicitudes que hayan sido aceptadas y\/o procesadas a trav\u00e9s de las plataformas electr\u00f3nicas habilitadas, y tienen expresamente vedado tomar pasajero en cualesquiera otras de las modalidades actualmente previstas en las Ordenanzas vigentes para los servicios de transporte a trav\u00e9s de de taxis y remises (circulando en la v\u00eda p\u00fablica, en paradas, llamada telef\u00f3nica, SMS, Whatsapp, etc.). Como contrapartida, los usuarios que requieran el servicio deber\u00e1n estar dados de alta en dichas plataformas, no pudiendo solicitar el servicio mediante otras modalidades sino \u00fanicamente mediante el uso de la aplicaci\u00f3n m\u00f3vil de dicha plataforma.<\/p>\n<p>En cuanto a los taxis y remises, la norma admite que se registren en plataformas electr\u00f3nicas y presten el servicio de transporte tambi\u00e9n bajo dicha modalidad, ajust\u00e1ndose en tal caso a las condiciones previstas por la norma y las plataformas autorizadas. Como se trata de conductores y veh\u00edculos ya habilitados, s\u00f3lo les bastar\u00e1 con darse de alta en una plataforma habilitada e informarlo al Municipio, sin tr\u00e1mites adicionales. Es decir, taxis y remises sumar\u00edan una herramienta m\u00e1s para concertar viajes en la ciudad.<\/p>\n<p>Carrizo: \u201cEs una oferta complementaria\u201d<br \/>Sobre el Proyecto, el secretario de Prevenci\u00f3n y Movilidad Urbana, Nelson Carrizo, quien intervino activamente en la elaboraci\u00f3n de esta iniciativa en conjunto con la Secretar\u00eda de Innovaci\u00f3n, resalt\u00f3 que \u201ces una oferta complementaria a las ya existentes y que conforman el servicio de transporte de pasajeros en San Francisco\u201d.<\/p>\n<p>\u201cPara esto, la empresa que pretenda llevar adelante el servicio en la ciudad deber\u00e1 registrarse conforme lo establecido por el marco regulatorio de la actividad y a partir de all\u00ed la ordenanza establece el v\u00ednculo entre la empresa y la municipalidad, as\u00ed como tambi\u00e9n establece los t\u00e9rminos y condiciones que deber\u00e1n reunir los prestadores que utilicen la aplicaci\u00f3n para ofrecerla a los usuarios, tal como sucede en distintos puntos del pa\u00eds o del exterior donde est\u00e1 habilitado\u201d.<\/p>\n<p>En este caso, Carrizo destac\u00f3 que \u201cbajo el criterio de innovaci\u00f3n que lleva adelante la gesti\u00f3n del intendente, Dami\u00e1n Bernarte, procuramos ir ofreciendo a los vecinos y vecinas distintas alternativas de transporte utilizando la tecnolog\u00eda y recursos disponibles\u201d.<\/p>\n<p>Ortega: \u201cEstas tecnolog\u00edas llegaron para quedarse, y desde el Estado Municipal no podemos mirar para otro lado, dejando que el servicio se preste en un vac\u00edo normativo, o no se preste justamente por ese vac\u00edo\u201d.<\/p>\n<p>Por su parte, el Presidente del Honorable Concejo Deliberante, Mario Ortega, sobre el particular se\u00f1al\u00f3: \u201cla regulaci\u00f3n de esta moderna modalidad de transporte fue una iniciativa del intendente Bernarte, y desde hace un tiempo la venimos trabajando en conjunto con la Asesor\u00eda Letrada Municipal, la Secretar\u00eda de Innovaci\u00f3n y la Secretar\u00eda de Prevenci\u00f3n y Movilidad Urbana, porque creemos que estas tecnolog\u00edas -las plataformas electr\u00f3nicas de intermediaci\u00f3n- llegaron para quedarse y transformar definitivamente la manera en que se prestan estos servicios. Y si bien se trata de un contrato de transporte privado, regulado esencialmente por el C\u00f3digo Civil y Comercial de la Naci\u00f3n,- prosigui\u00f3 Ortega- hay aspectos de su ejecuci\u00f3n que interesan al Municipio, sobre todo en orden a la protecci\u00f3n de los usuarios y conductores que se vinculan al mismo, y la seguridad del tr\u00e1nsito\u201d.<\/p>\n<p>\u201cPor eso entendemos que desde el Estado Municipal no podemos mirar para otro lado, dejando que el mismo se preste en un vac\u00edo normativo, o no se preste justamente por dicho vac\u00edo. Tenemos la obligaci\u00f3n de establecer un marco jur\u00eddico adecuado, razonable en funci\u00f3n de las competencias locales, que se preocupe de esos aspectos, reitero, la protecci\u00f3n -seguridad- de los usuarios y conductores del servicio, y la seguridad del tr\u00e1nsito\u201d, a\u00f1adi\u00f3.<\/p>\n<p>Este criterio, sostuvo el presidente del HCD, \u201cfue ratificado d\u00edas atr\u00e1s por el Tribunal Superior de Justicia de la Provincia en una causa que involucraba a una plataforma digital y a la Municipalidad de C\u00f3rdoba. En la misma, el TSJ destac\u00f3 que el Estado Municipal dejar\u00eda de cumplir su insustituible funci\u00f3n de regulador de la convivencia social si no afrontara este fen\u00f3meno mundial (refiri\u00e9ndose a la irrupci\u00f3n de las plataformas), regul\u00e1ndolo de manera expresa, por m\u00e1s dif\u00edciles y problem\u00e1ticas que pudieran resultar muchas de sus aristas\u201d.<\/p>\n<p>Por otro lado, luego de enumerar los requisitos que deben cumplimentar los conductores, veh\u00edculos y empresas de plataformas para ser autorizadas a operar en la ciudad, y en l\u00ednea a lo apuntado antes por Carrizo, Ortega agreg\u00f3: \u201ces una modalidad m\u00e1s de transporte, privado, que se sumar\u00eda al sistema ya existente en la ciudad, complementado el que se presta a trav\u00e9s del servicio de colectivos, o de los de taxis y remises, y que ayuda a cubrir demandas insatisfechas en horarios pico, o en d\u00edas de lluvia o festivos, o ante eventos masivos\u201d.<\/p>\n<p>Sobre la afectaci\u00f3n o no de la Ordenanza a estos \u00faltimos, dijo: \u201cen realidad, la norma los incluye, y permite a taxistas y remiseros registrarse en estas plataformas y prestar el servicio bajo la modalidad privada, con las condiciones de las plataformas. En ese sentido para ellos es una herramienta m\u00e1s, de tipo tecnol\u00f3gica para sumar viajes, con la ventaja de que como ya est\u00e1n habilitados no tienen que hacer ning\u00fan tr\u00e1mite adicional, solo darse de alta en la plataforma e informar al Municipio\u201d.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, Ortega asegur\u00f3: \u201csin dudas, los mayores beneficiarios de esta norma ser\u00e1n los sanfrancisque\u00f1os, quienes podr\u00e1n utilizar estas plataformas -si deciden venir a San Francisco- y desde su tel\u00e9fono celular contratar un servicio de transporte privado punto a punto, conociendo de antemano al conductor del veh\u00edculo, sus antecedentes, el tiempo que demorar\u00e1 en llegar, y el precio que pagar\u00e1 por el servicio, el que podr\u00e1 abonar por medios electr\u00f3nicos desde la misma aplicaci\u00f3n o en efectivo, a opci\u00f3n del pasajero. Asimismo, durante el viaje, estas aplicaciones permiten compartir la ubicaci\u00f3n en tiempo real con amigos o personas de confianza, aportando seguridad al usuario; y al finalizar el viaje, estas aplicaciones permiten calificar a los conductores, lo que ayuda a filtrar a quienes no brindan un buen servicio. Tambi\u00e9n, y desde el punto de vista de los conductores, estas plataformas son una oportunidad de trabajo y de generar ingresos adicionales de manera flexible y adaptada a la realidad de cada uno\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"\n<p>El Ejecutivo elev\u00f3 al Concejo Deliberante para su tratamiento en la sesi\u00f3n de este mi\u00e9rcoles un Proyecto de Ordenanza que reglamenta el Servicio de Transporte Privado de Personas (STPP) concertado a trav\u00e9s de Plataformas Electr\u00f3nicas. 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